El movimiento cívico no partidista Participación Ciudadana califica de ilegal el acuerdo entre la Corporación de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) con el consorcio conformado por las empresas Norberto Odebrecht, Tecnimont, S.A. e Ingeniería Estrella, mediante el cual se acordó un pago de más de US$336 millones, adicionales al monto contratado para la construcción de la Central Termoeléctrica Punta Catalina.

En una instancia presentada ante la Procuraduría General de la República para que se investigue el monto total pagado al consorcio por la construcción de las plantas, Participación Ciudadana advierte que se habrían realizado pagos no contemplados y que exceden el monto del contrato.

El documento, que la entidad publica en su página web, indica que el contrato para la construcción de las plantas se firmó por US$1,945 millones, pero que, de acuerdo con declaraciones oficiales, terminó en US$2,454 millones, un incremento de US$509 millones, que le lleva a la conjetura de que hubo una sobrevaluación de la obra.

Participación Ciudadana insiste en que el nuevo costo viola la ley de contrataciones públicas, pues representa un incremento de 26.16 %, mientras que la referida legislación establece solo 25 % como porcentaje de incremento del costo en determinadas circunstancias.

Plantea que no se han esclarecido las razones por las que la obra aumentara en el monto antes referido. “Por lo cual es nuestra convicción de que el Ministerio Público debe intervenir para determinar si en esta gran inversión adicional ha habido dilapidación y se ha beneficiado indebidamente a empresas, personas físicas y/o jurídicas”, dice.

En su solicitud de investigación, hecha la pasada semana, Participación Ciudadana parte de que el Contrato de Ingeniería, Procura y Construcción del Contrato EPC 101/14, aprobado por el Congreso Nacional mediante la resolución 219-14, fue bajo la modalidad ‘llave en mano’, lo que implica que la empresa tenía que realizar todo lo que demanda la obra hasta su funcionamiento.

Dice que, si bien se contemplaron alteraciones de precios, en función de variaciones en la tasa de cambio o del índice de precios al consumidor, ambos indicadores se han mantenido con relativa estabilidad en los últimos años, por lo que no justifican un cambio de costo en la obra.

Tampoco aplica –a su entender– la cláusula del artículo 9 del contrato que establece variaciones de costo debido, entre otras razones, a especificaciones técnicas, “lo que no se produjo, pues las dos plantas fueron construidas según lo acordado”, dice la solicitud, que en esta parte refiere a declaraciones del exdirector ejecutivo de la CDEEE, Rubén Jiménez Bichara, a la prensa.

En este aspecto se apoya Participación Ciudadana para afirmar que el “Acuerdo Marco”, firmado el 18 de junio de 2018, produjo nuevas violaciones al contrato original aprobado por el Congreso.

Alega que pese a la negativa de la CDEEE de pagar US$708 millones adicionales que le demandaba el consorcio Odebrecht, por entender que no eran justificados, mediante dicho acuerdo se compromete al Estado a pagar US$336 millones a esa empresa.

Plantea que la CDEEE no estaba autorizada a realizar dicho acuerdo, primero porque el sometimiento que hizo el consorcio contra el Estado ante el Comité de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional violó procedimientos contenidos en el contrato, que establece como primera instancia el Comité Mixto de Solución de Controversias. Aseguran que este procedimiento no se agotó, y se basan para su afirmación en una carta que al respecto les remitió Bichara en octubre de 2019.

Plantea que, como el Acuerdo Marco contiene aspectos nuevos, no contemplados en el contrato original, solo podía ser aprobado por el Congreso, lo que sustentaría que Jiménez Bichara se extralimitó en los poderes recibidos por el presidente de la República.

Insiste en que, aunque Jiménez Bichara ha explicado en comunicaciones remitidas a PC que los US$336 millones acordados saldrán de un Fondo Contingente y serán pagados por quien pierda el proceso arbitral, la respuesta es “capciosa y engañosa sobre una transacción ilegal en contra del interés nacional”.

“Ese contrato debió volver al Congreso Nacional, pero no se hizo, porque evidentemente, los intereses particulares se sobrepusieron a los intereses colectivos, lo que debe mover al Ministerio Público a investigar a fondo las motivaciones y todos los beneficiarios de estas acciones”