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La Junta Central Electoral (JCE) emitió la resolución 28/2021 que regula el período previo al inicio de la precampaña en los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos de cara a los procesos de selección interna de candidaturas 2023.
La norma establece en su artículo cinco la creación del período “previo a la precampaña”, que abarca el tiempo transcurrido entre la entrada vigencia de la presente resolución y el inicio formal de la precampaña el domingo 2 de julio de 2023 y que hasta entonces los aspirantes presidenciales no podrán ser declarados de manera oficial como precandidatos.
En ese período, los ciudadanos y ciudadanas afiliados a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos podrán manifestar a lo interno de sus organizaciones, el interés de aspirar a una precandidatura a un puesto de elección popular y realizar las actividades que permitan exponer sus intenciones a los miembros de sus respectivas organizaciones políticas, sin formalizarla públicamente”, dice textualmente la resolución.
El documento de la JCE señala que los aspirantes podrán celebrar reuniones a lo interno de los locales de sus respectivas organizaciones, en locales cerrados y áreas restringidas donde no se obstaculice el libre tránsito ni se interrumpa el normal desenvolvimiento de las actividades que habitualmente realiza la ciudadanía, siempre que las mismas se realicen con el objetivo de dar a conocer sus propuestas internas a los afiliados y simpatizantes de sus respectivas estructuras políticas.